domingo, 20 de febrero de 2011

"Transparencia a juicio" (El Universal, 20 de febrero, 2011)

¿Nuestro derecho de acceso a la información pública sigue vigente o está condenado a correr la misma suerte de otras garantías constitucionales que en la práctica han quedado en letra muerta? En los próximos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que pronunciarse sobre una serie de casos históricos que determinarán nada menos que el futuro de la transparencia en el país.

Entre ellos destacan: 1) la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH en contra de las reformas al artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales que cancela el acceso ciudadano a las averiguaciones previas; 2) la acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley de Transparencia del Estado de Campeche que permiten apelar las decisiones de la Comisión de Transparencia local ante el Tribunal Judicial estatal; 3) el amparo presentado por dos ONG en contra de la negativa de la PGR a entregar una versión pública de la averiguación previa de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, en relación con la desaparición de Rosendo Radilla en los años 70; y 4) el amparo presentado por Fundar en contra del desacato del SAT a una resolución del IFAI que le ordenaba entregar información sobre montos, motivos y recipiendarios de créditos fiscales de 2007.

Lo que está en juego en todos y cada uno de estos casos es nuestro derecho a saber. Si la SCJN rechaza las “acciones de inconstitucionalidad” no solamente estaría cooperando con la tradicional opacidad de la PGR, y obstaculizando el acceso a información pública en el estado de Campeche, sino que propinaría una estocada de muerte al sexto constitucional. Asimismo, si la Corte niega los amparos ciudadanos, ello abonaría no únicamente a la ignorancia e impunidad de uno de los pasajes de mayor oprobio de nuestra historia: la guerra sucia, y a la típica colusión del poder y el dinero, sino que también convertiría las “resoluciones” de los institutos de transparencia del país en meras “recomendaciones” sin mayor robustez legal o poder vinculatorio...

ARTICULO COMPLETO DISPONIBLE EN EL UNIVERSAL